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A tenor de informaciones como las publicadas en el reportaje SGAE: la punta del iceberg de un entramado societario de Público y otros similares la Asociación de Internautas, junto con la Asociación Española de Pequeñas y Medianas Empresas de Informática y Nuevas Tecnologías y la Asociación Española de Hosteleros Víctimas del Canon, obligados por el artículo 264 de la Ley de Enjuiciamiento Criminal, que dice que cualquier que «tuviere conocimiento de la perpetración de algún delito de los que deben perseguirse de oficio, deberá denunciarlo al Ministerio fiscal, al Tribunal competente o al Juez de instrucción o municipal, o funcionario de policía, sin que se entienda obligado por esto a probar los hechos denunciados ni a formalizar querella», han puesto en conocimiento de la citada Fiscalía los hechos citados en estos medios.

Los denunciantes han obrado así por si de ellos se pudieran deducir la existencia de los delitos de apropiación indebida (Arts. 252 al 254 del Código Penal), de estafa (Arts. 248 a 251 del Código Penal) e incluso de fraude de subvenciones (Artículo 308 y siguientes del Código Penal) que la SGAE hubiera recibido como ayuda para desempeñar su actividad de protección de la cultura.

De la Asociación de Internautas: Denunciamos a la Sgae ante la Fiscalía contra la Corrupción y la Criminalidad Organizada. A ver cómo le sienta a la SGAE una dosis de su propia medicina.

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